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Diferencia entre revisiones de «Translations:Consejo de Administración/7/es»

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De conformidad con la [[$1|vigésima cuarta sección del título VII]] la Comisión Administrativa tendrá cinco miembros, los miembros fundadores serán miembros permanentes entre tanto que aquellos que elija el Consejo serán miembros temporales.
De conformidad con el [[$1|artículo III]] el Consejo de Administración tendrá cinco asientos; dos electos por el Comité Consultivo, uno seleccionado por el Consejo de Administración recién electo y el otro reservado al fundador del grupo. Los asientos electos por el Comité Consultivo tendrán una vigencia de dos años, renovable por dos períodos adicionales, es decir por seis años consecutivos. El asiento designado por el Consejo de Administración recién electo tendrá la vigencia de un año, renovable por dos períodos adicionales, es decir por tres años consecutivos. El asiento reservado al fundador del grupo será permanente.

Revisión del 01:53 4 jul 2023

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Definición del mensaje (Consejo de Administración)
De acuerdo con lo establecido en el [[$1|artículo IV]]  del Texto Fundamental, el Consejo de Administración estará compuesto por siete miembros: cuatro de ellos serán elegidos por la Asamblea, dos serán designados por el nuevo Consejo de Administración electo y uno estará reservado para el fundador del grupo. Los miembros elegidos por la Asamblea tendrán un período de mandato de dos años, con la posibilidad de ser renovados hasta por dos períodos adicionales, lo que suma un total máximo de seis años consecutivos. Los miembros designados por el nuevo Consejo de Administración tendrán un mandato de un año, renovable por dos períodos adicionales, alcanzando un total de tres años consecutivos. La posición del fundador del grupo será permanente. Tanto el fundador como los cuatro miembros electos por la Asamblea contarán con derecho a voto, mientras que los miembros seleccionados por el Consejo actuarán como asesores y tendrán derecho a voto solo si hay ausencia de votantes titulares.

De conformidad con el artículo III el Consejo de Administración tendrá cinco asientos; dos electos por el Comité Consultivo, uno seleccionado por el Consejo de Administración recién electo y el otro reservado al fundador del grupo. Los asientos electos por el Comité Consultivo tendrán una vigencia de dos años, renovable por dos períodos adicionales, es decir por seis años consecutivos. El asiento designado por el Consejo de Administración recién electo tendrá la vigencia de un año, renovable por dos períodos adicionales, es decir por tres años consecutivos. El asiento reservado al fundador del grupo será permanente.