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Este reglamento se basa en el [https://www.un.org/es/documents/sc/reglacs.shtml reglamento provisional] del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y tienen como objetivo garantizar el funcionamiento ordenado, eficiente y transparente del Consejo de Administración. | |||
== Artículo 2: | == Capítulo I: Sesiones == | ||
El Consejo de Administración | * Artículo 1: Salvo lo dispuesto en el artículo 3, el Consejo de Administración se reunirá cuando lo convoque el Presidente, siempre que éste lo estime necesario. | ||
* Artículo 2: El Presidente convocará a sesión al Consejo de Administración a petición de cualquier miembro del Consejo de Administración. | |||
* Artículo 3: El Consejo de Administración tendrá reuniones periódicas durante el período de sesiones estándar. Dicho período comprende de un total de seis sesiones realizadas entre el 7 de enero hasta el 28 de noviembre de {{CURRENTYEAR}}. | |||
* Artículo 4: Para que una sesión tenga validez debe cumplir uno de los siguientes escenarios: | |||
** Primera cláusula: La presencia de tres miembros del Consejo, | |||
** Segunda cláusula: La presencia de al menos dos miembros del Consejo, un asesor y el Coordinador General o el Secretario. | |||
* Artículo 5: Las sesiones del Consejo de Administración son: | |||
** Ejecutivas: En las que solo el Comité Ejecutivo y los miembros titulares del Consejo de Administración pueden participar | |||
** Administrativas: En las que el Comité Ejecutivo y tanto miembros como asesores del Consejo de Administración pueden participar | |||
** Cerradas: En las que el Comité Ejecutivo, miembros y asesores del Consejo de Administración, así como invitados por el Coordinador General con aprobación del Presidente del Consejo de Administración pueden participar. | |||
** Abiertas: Cualquier persona puede participar, pero solo los participantes definidos en el capítulo III pueden ejercer derecho a voto. | |||
** A menos que se decida lo contrario, todas las sesiones del Consejo de Administración son sesiones administrativas. | |||
== | == Capítulo II: Orden del día == | ||
* | * Artículo 6: El Coordinador General pondrá inmediatamente en conocimiento de todos los miembros del Consejo de Administración cualquier actividad o comunicado realizado en los períodos entre sesiones, así como cualquier asunto que haya que examinar el Consejo de Administración. | ||
* | * Artículo 7: El Presidente del Consejo de Administración redactará el orden del día, que será aprobado por el Consejo de Administración durante la sesión en cuestión. Só1o podrán ser incluidos en el orden del día los temas que hayan sido puestos en conocimiento de los miembros del Consejo de Administración con arreglo al artículo 5, los temas previstos en el artículo 10 o los asuntos cuya consideración haya decidido aplazar el Consejo de Administración. | ||
* | * Artículo 8: El orden del día provisional de cada sesión será comunicado a los miembros del Consejo de Administración por el Coordinador General por lo menos tres días antes de la sesión, pero, en caso de urgencia, podrá ser comunicado simultáneamente con la convocatoria. | ||
* Artículo 9: El primer punto del orden del día provisional de cada sesión del Consejo de Administración será la validación del quorum, seguido de la aprobación del orden del día. | |||
* Artículo 10: Todo tema incluido en el orden del día de una sesión del Consejo de Administración, cuyo examen no quede concluido, en la misma, será automáticamente inscrito en el orden del día de la próxima sesión, salvo acuerdo en contrario del Consejo de Administración. | |||
* Artículo 11: El orden del día provisional de cada reunión periódica será distribuido a los miembros del Consejo de Administración, por lo menos cinco días antes de la apertura de la reunión. Toda modificación o adición ulterior al orden del día provisional será notificada a los miembros por lo menos tres días antes de la reunión. Sin embargo, en casos de urgencia, el Consejo de Administración podrá hacer adiciones al orden del día en todo momento de una reunión periódica. Las disposiciones del párrafo 1 del artículo 7, y del artículo 9, se aplican igualmente a las reuniones periódicas. | |||
== | == Capítulo III - Votación y veto == | ||
* | * Artículo 12: Los votantes se clasifican de la siguiente forma: | ||
* Los | ** Votantes titulares: Los miembros del Consejo de Administración. Tienen derecho a veto. | ||
** Votantes suplentes: El Coordinador General, el Tesorero y los asesores del Consejo de Administración. No tienen derecho a veto. | |||
* Artículo 13: Los votantes suplentes solo podrán ejercer su derecho a voto cuando haya ausencia de algún votante titular. El derecho a voto se distribuirá entre los votantes suplentes en orden alfabético, según sus apellidos, hasta completar el número de ausencias de votantes titulares. titulares. | |||
* Artículo 14: Las decisiones del Consejo de Administración solo podrán ser tomadas por el voto afirmativo de los votantes presentes en la sesión. | |||
* Artículo 15: Los votantes, a la hora de ejercer su derecho, pueden expresarlo de la siguiente forma: | |||
** Apoyar la moción: Haciendo un gesto de aprobación o expresándolo verbalmente. | |||
** Rechazar la moción: Haciendo un gesto de desaprobación o expresándolo verbalmente. Inmediatamente, el miembro del Consejo de Administración que rechazó una moción deberá justificarlo de manera clara y razonada, atendiendo a los [[principios fundamentales]] y al interés mayor del grupo. Este derecho es exclusivo de los votantes titulares. | |||
** Abstenerse: Haciendo un gesto neutral, expresándolo verbalmente o simplemente no decir nada. | |||
* Artículo 16: Si un votante titular ejerce su derecho a veto, la moción quedará automáticamente anulada. El votante titular que ejerza el veto deberá presentar una justificación escrita o verbal dentro de las 48 horas posteriores a la sesión, la cual será incluida en el acta de la reunión. Dicha justificación debe basarse en los [[principios fundamentales]] y demostrar que el veto atiende al interés mayor del grupo. | |||
** El veto solo podrá anularse durante la misma sesión, siendo presentado por un miembro del Consejo de Administración una moción para anularla. | |||
** La moción para anular el veto será debatida y sometida a votación. Para su aprobación, se requerirá mayoría simple de los votantes. Durante este procedimiento no se podrá ejercer el derecho a veto. | |||
* Artículo 17: En caso de empate, el Presidente del Consejo de Administración tendrá voto de calidad para desempatar. | |||
== | == Capitulo IV: Presidencia == | ||
* | * Artículo 18: La Presidencia del Consejo de Administración recaerá en el Secretario de Wikimedia Small Projects | ||
* | * Artículo 19: El Presidente dirigirá las sesiones del Consejo de Administración y, bajo la autoridad del Consejo de Administración, representará a éste en su calidad de órgano de Wikimedia Small Projects. | ||
* Artículo 20: El presidente del Consejo de Administración será responsable de dirigir la reunión, conceder la palabra y mantener el orden. | |||
== | == Capítulo V: Desarrollo de la sesión == | ||
* | * Artículo 21: El Presidente concederá la palabra a los asistentes en el orden en que hayan manifestado su deseo de hacer uso de ella. | ||
* | ** Cada intervención estará limitada a un máximo de dos minutos, a menos que el Consejo apruebe una extensión por mayoría simple. | ||
** Ninguna pregunta o intervención puede ser en relación a algún asistente de la sesión. Todas las preguntas y comentarios deben ser dirigidos al presidente de la sesión. | |||
* Artículo 22: Si un asistente plantea una cuestión de orden, el Presidente pronunciará inmediatamente su decisión. De ser impugnada ésta, el Presidente la someterá al Consejo de Administración para que resuelva inmediatamente, y la decisión del Presidente prevalecerá a menos que sea revocada por el Consejo. | |||
* Artículo 23: Los puntos de la orden del día tendrán cuatro fases | |||
** Anuncio: El Presidente del Consejo de Administración anunciará el punto del orden del día. | |||
** Debate: El Presidente del Consejo de Administración abrirá la fase de debate de dicha orden, indicando el número de minutos disponibles para dicha fase. | |||
** Votación: El Presidente del Consejo de Administración cerrará la fase de debate y abrirá la fase de votación. Esta fase no aplica para el punto que sea únicamente para anunciar algo. | |||
** Conclusión: El Presidente del Consejo de Administración informará el resultado, si lo hubiese. | |||
* Artículo 24: Por regla general, los proyectos de resolución, las enmiendas y las mociones de fondo serán presentados por escrito a los miembros. | |||
* Artículo 25: Las mociones principales y los proyectos de resolución tendrán precedencia en el orden de su presentación. | |||
** Se votará separadamente sobre las partes de una moción o proyecto de resolución a instancia de cualquier miembro, a no ser que el autor de la moción o del proyecto de resolución se oponga a su división. | |||
* Artículo 26: Tendrán precedencia en el orden que a continuación se indica, sobre todas las mociones principales y proyectos de resolución relativos a la cuestión que se esté discutiendo, las mociones encaminadas: | |||
:# A suspender la sesión; | |||
:# A levantar la sesión; | |||
:# A levantar la sesión con señalamiento de fecha u hora determinadas para celebrar la siguiente; | |||
:# A referir un asunto a una comisión o al Coordinador General; | |||
:# A aplazar el debate, sobre una cuestión hasta una fecha determinada o sine die; o | |||
:# A introducir una enmienda. | |||
: Cualquier moción relativa a la suspensión o al simple levantamiento de la sesión será resuelta sin debate. | |||
* Artículo 27: No será necesario que una moción o un proyecto de resolución propuestos por un miembro del Consejo de Administración sean apoyados para ser sometidos a votación. | |||
* | * Artículo 28: Una moción o proyecto de resolución puede ser retirado en cualquier momento antes de la votación. Si ya cuenta con apoyos, el miembro que lo apoyó podrá solicitar que se someta a votación, asumiéndolo como propio, manteniendo la misma prioridad que si no hubiera sido retirado. | ||
* | * Artículo 29: Las sesiones del Consejo no deberán durar más de una hora, a menos que el Consejo apruebe una extensión por mayoría simple. | ||
== | == Capítulo VI: Elaboración del acta y resoluciones == | ||
* | * Artículo 30: Después de cada sesión, el Secretario será responsable de redactar el acta, la cual deberá contener: | ||
** Fecha, hora y lugar de la sesión. | |||
** Lista de asistentes y ausentes. | |||
** Resumen de los temas discutidos. | |||
** Resultados de las votaciones y decisiones tomadas. | |||
** Justificaciones de los vetos, si los hubo. | |||
* Artículo 31: El Coordinador General será responsable de redactar las resoluciones correspondientes a las decisiones tomadas durante la sesión. Las resoluciones deberán ser claras, concisas y basadas en lo acordado durante la reunión. | |||
== | == Capítulo VII: Elección de cargos == | ||
* Artículo 31: Los votantes titulares tienen la potestad exclusiva de nombrar a los asesores, quienes actuarán como votantes suplentes. | |||
* El | ** El proceso de designación de asesores solo podrá llevarse a cabo durante la primera sesión bimensual del año, a menos que uno o ambos asesores hayan renunciado o cesado en sus funciones. En tal caso, se deberá designar a sus sucesores en la siguiente sesión. | ||
* El | ** Los asesores designados entrarán en funciones a partir de la próxima sesión posterior a su nombramiento. | ||
** El mandato de los asesores será de tres años, renovable por tres años adicionales si el asesor lo desea y el Consejo lo aprueba por mayoría simple. | |||
* Artículo 32: Los votantes titulares recomendarán candidatos para los cargos de Coordinador General y Tesorero que serán aprobados por la Asamblea. | |||
* Artículo 33: El Coordinador General, con el consentimiento de los votantes, nombrará al Secretario. El consentimiento se obtendrá mediante votación y requerirá mayoría simple de los votantes presentes. | |||
== | == Capítulo VIII: Disposiciones varias == | ||
* Artículo 34: Los miembros del Comité Ejecutivo y del Consejo de Administración deben asistir a todas las sesiones realizadas durante el período ordinario. En caso de no poder asistir, deberán notificar al presidente del Consejo de Administración con al menos una hora de antelación al inicio de la sesión. | |||
* Artículo 35: Estas reglas de procedimiento podrán ser modificadas por una mayoría de dos tercios de los miembros del Consejo presentes en una sesión ordinaria. Las propuestas de modificación deberán incluirse como tema en el orden del día. | |||
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Revisión actual - 05:44 22 ago 2026
Este reglamento se basa en el reglamento provisional del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y tienen como objetivo garantizar el funcionamiento ordenado, eficiente y transparente del Consejo de Administración.
Capítulo I: Sesiones
- Artículo 1: Salvo lo dispuesto en el artículo 3, el Consejo de Administración se reunirá cuando lo convoque el Presidente, siempre que éste lo estime necesario.
- Artículo 2: El Presidente convocará a sesión al Consejo de Administración a petición de cualquier miembro del Consejo de Administración.
- Artículo 3: El Consejo de Administración tendrá reuniones periódicas durante el período de sesiones estándar. Dicho período comprende de un total de seis sesiones realizadas entre el 7 de enero hasta el 28 de noviembre de 2026.
- Artículo 4: Para que una sesión tenga validez debe cumplir uno de los siguientes escenarios:
- Primera cláusula: La presencia de tres miembros del Consejo,
- Segunda cláusula: La presencia de al menos dos miembros del Consejo, un asesor y el Coordinador General o el Secretario.
- Artículo 5: Las sesiones del Consejo de Administración son:
- Ejecutivas: En las que solo el Comité Ejecutivo y los miembros titulares del Consejo de Administración pueden participar
- Administrativas: En las que el Comité Ejecutivo y tanto miembros como asesores del Consejo de Administración pueden participar
- Cerradas: En las que el Comité Ejecutivo, miembros y asesores del Consejo de Administración, así como invitados por el Coordinador General con aprobación del Presidente del Consejo de Administración pueden participar.
- Abiertas: Cualquier persona puede participar, pero solo los participantes definidos en el capítulo III pueden ejercer derecho a voto.
- A menos que se decida lo contrario, todas las sesiones del Consejo de Administración son sesiones administrativas.
Capítulo II: Orden del día
- Artículo 6: El Coordinador General pondrá inmediatamente en conocimiento de todos los miembros del Consejo de Administración cualquier actividad o comunicado realizado en los períodos entre sesiones, así como cualquier asunto que haya que examinar el Consejo de Administración.
- Artículo 7: El Presidente del Consejo de Administración redactará el orden del día, que será aprobado por el Consejo de Administración durante la sesión en cuestión. Só1o podrán ser incluidos en el orden del día los temas que hayan sido puestos en conocimiento de los miembros del Consejo de Administración con arreglo al artículo 5, los temas previstos en el artículo 10 o los asuntos cuya consideración haya decidido aplazar el Consejo de Administración.
- Artículo 8: El orden del día provisional de cada sesión será comunicado a los miembros del Consejo de Administración por el Coordinador General por lo menos tres días antes de la sesión, pero, en caso de urgencia, podrá ser comunicado simultáneamente con la convocatoria.
- Artículo 9: El primer punto del orden del día provisional de cada sesión del Consejo de Administración será la validación del quorum, seguido de la aprobación del orden del día.
- Artículo 10: Todo tema incluido en el orden del día de una sesión del Consejo de Administración, cuyo examen no quede concluido, en la misma, será automáticamente inscrito en el orden del día de la próxima sesión, salvo acuerdo en contrario del Consejo de Administración.
- Artículo 11: El orden del día provisional de cada reunión periódica será distribuido a los miembros del Consejo de Administración, por lo menos cinco días antes de la apertura de la reunión. Toda modificación o adición ulterior al orden del día provisional será notificada a los miembros por lo menos tres días antes de la reunión. Sin embargo, en casos de urgencia, el Consejo de Administración podrá hacer adiciones al orden del día en todo momento de una reunión periódica. Las disposiciones del párrafo 1 del artículo 7, y del artículo 9, se aplican igualmente a las reuniones periódicas.
Capítulo III - Votación y veto
- Artículo 12: Los votantes se clasifican de la siguiente forma:
- Votantes titulares: Los miembros del Consejo de Administración. Tienen derecho a veto.
- Votantes suplentes: El Coordinador General, el Tesorero y los asesores del Consejo de Administración. No tienen derecho a veto.
- Artículo 13: Los votantes suplentes solo podrán ejercer su derecho a voto cuando haya ausencia de algún votante titular. El derecho a voto se distribuirá entre los votantes suplentes en orden alfabético, según sus apellidos, hasta completar el número de ausencias de votantes titulares. titulares.
- Artículo 14: Las decisiones del Consejo de Administración solo podrán ser tomadas por el voto afirmativo de los votantes presentes en la sesión.
- Artículo 15: Los votantes, a la hora de ejercer su derecho, pueden expresarlo de la siguiente forma:
- Apoyar la moción: Haciendo un gesto de aprobación o expresándolo verbalmente.
- Rechazar la moción: Haciendo un gesto de desaprobación o expresándolo verbalmente. Inmediatamente, el miembro del Consejo de Administración que rechazó una moción deberá justificarlo de manera clara y razonada, atendiendo a los principios fundamentales y al interés mayor del grupo. Este derecho es exclusivo de los votantes titulares.
- Abstenerse: Haciendo un gesto neutral, expresándolo verbalmente o simplemente no decir nada.
- Artículo 16: Si un votante titular ejerce su derecho a veto, la moción quedará automáticamente anulada. El votante titular que ejerza el veto deberá presentar una justificación escrita o verbal dentro de las 48 horas posteriores a la sesión, la cual será incluida en el acta de la reunión. Dicha justificación debe basarse en los principios fundamentales y demostrar que el veto atiende al interés mayor del grupo.
- El veto solo podrá anularse durante la misma sesión, siendo presentado por un miembro del Consejo de Administración una moción para anularla.
- La moción para anular el veto será debatida y sometida a votación. Para su aprobación, se requerirá mayoría simple de los votantes. Durante este procedimiento no se podrá ejercer el derecho a veto.
- Artículo 17: En caso de empate, el Presidente del Consejo de Administración tendrá voto de calidad para desempatar.
Capitulo IV: Presidencia
- Artículo 18: La Presidencia del Consejo de Administración recaerá en el Secretario de Wikimedia Small Projects
- Artículo 19: El Presidente dirigirá las sesiones del Consejo de Administración y, bajo la autoridad del Consejo de Administración, representará a éste en su calidad de órgano de Wikimedia Small Projects.
- Artículo 20: El presidente del Consejo de Administración será responsable de dirigir la reunión, conceder la palabra y mantener el orden.
Capítulo V: Desarrollo de la sesión
- Artículo 21: El Presidente concederá la palabra a los asistentes en el orden en que hayan manifestado su deseo de hacer uso de ella.
- Cada intervención estará limitada a un máximo de dos minutos, a menos que el Consejo apruebe una extensión por mayoría simple.
- Ninguna pregunta o intervención puede ser en relación a algún asistente de la sesión. Todas las preguntas y comentarios deben ser dirigidos al presidente de la sesión.
- Artículo 22: Si un asistente plantea una cuestión de orden, el Presidente pronunciará inmediatamente su decisión. De ser impugnada ésta, el Presidente la someterá al Consejo de Administración para que resuelva inmediatamente, y la decisión del Presidente prevalecerá a menos que sea revocada por el Consejo.
- Artículo 23: Los puntos de la orden del día tendrán cuatro fases
- Anuncio: El Presidente del Consejo de Administración anunciará el punto del orden del día.
- Debate: El Presidente del Consejo de Administración abrirá la fase de debate de dicha orden, indicando el número de minutos disponibles para dicha fase.
- Votación: El Presidente del Consejo de Administración cerrará la fase de debate y abrirá la fase de votación. Esta fase no aplica para el punto que sea únicamente para anunciar algo.
- Conclusión: El Presidente del Consejo de Administración informará el resultado, si lo hubiese.
- Artículo 24: Por regla general, los proyectos de resolución, las enmiendas y las mociones de fondo serán presentados por escrito a los miembros.
- Artículo 25: Las mociones principales y los proyectos de resolución tendrán precedencia en el orden de su presentación.
- Se votará separadamente sobre las partes de una moción o proyecto de resolución a instancia de cualquier miembro, a no ser que el autor de la moción o del proyecto de resolución se oponga a su división.
- Artículo 26: Tendrán precedencia en el orden que a continuación se indica, sobre todas las mociones principales y proyectos de resolución relativos a la cuestión que se esté discutiendo, las mociones encaminadas:
- A suspender la sesión;
- A levantar la sesión;
- A levantar la sesión con señalamiento de fecha u hora determinadas para celebrar la siguiente;
- A referir un asunto a una comisión o al Coordinador General;
- A aplazar el debate, sobre una cuestión hasta una fecha determinada o sine die; o
- A introducir una enmienda.
- Cualquier moción relativa a la suspensión o al simple levantamiento de la sesión será resuelta sin debate.
- Artículo 27: No será necesario que una moción o un proyecto de resolución propuestos por un miembro del Consejo de Administración sean apoyados para ser sometidos a votación.
- Artículo 28: Una moción o proyecto de resolución puede ser retirado en cualquier momento antes de la votación. Si ya cuenta con apoyos, el miembro que lo apoyó podrá solicitar que se someta a votación, asumiéndolo como propio, manteniendo la misma prioridad que si no hubiera sido retirado.
- Artículo 29: Las sesiones del Consejo no deberán durar más de una hora, a menos que el Consejo apruebe una extensión por mayoría simple.
Capítulo VI: Elaboración del acta y resoluciones
- Artículo 30: Después de cada sesión, el Secretario será responsable de redactar el acta, la cual deberá contener:
- Fecha, hora y lugar de la sesión.
- Lista de asistentes y ausentes.
- Resumen de los temas discutidos.
- Resultados de las votaciones y decisiones tomadas.
- Justificaciones de los vetos, si los hubo.
- Artículo 31: El Coordinador General será responsable de redactar las resoluciones correspondientes a las decisiones tomadas durante la sesión. Las resoluciones deberán ser claras, concisas y basadas en lo acordado durante la reunión.
Capítulo VII: Elección de cargos
- Artículo 31: Los votantes titulares tienen la potestad exclusiva de nombrar a los asesores, quienes actuarán como votantes suplentes.
- El proceso de designación de asesores solo podrá llevarse a cabo durante la primera sesión bimensual del año, a menos que uno o ambos asesores hayan renunciado o cesado en sus funciones. En tal caso, se deberá designar a sus sucesores en la siguiente sesión.
- Los asesores designados entrarán en funciones a partir de la próxima sesión posterior a su nombramiento.
- El mandato de los asesores será de tres años, renovable por tres años adicionales si el asesor lo desea y el Consejo lo aprueba por mayoría simple.
- Artículo 32: Los votantes titulares recomendarán candidatos para los cargos de Coordinador General y Tesorero que serán aprobados por la Asamblea.
- Artículo 33: El Coordinador General, con el consentimiento de los votantes, nombrará al Secretario. El consentimiento se obtendrá mediante votación y requerirá mayoría simple de los votantes presentes.
Capítulo VIII: Disposiciones varias
- Artículo 34: Los miembros del Comité Ejecutivo y del Consejo de Administración deben asistir a todas las sesiones realizadas durante el período ordinario. En caso de no poder asistir, deberán notificar al presidente del Consejo de Administración con al menos una hora de antelación al inicio de la sesión.
- Artículo 35: Estas reglas de procedimiento podrán ser modificadas por una mayoría de dos tercios de los miembros del Consejo presentes en una sesión ordinaria. Las propuestas de modificación deberán incluirse como tema en el orden del día.