- Vigesimoquinta sección: Los miembros no permanentes serán elegidos por un período de un año pudiendo ser reelegidos por la Comisión Administrativa para el período subsiguiente.
- Vigesimosexta sección: Cada miembro de la Comisión Administrativa tendrá un voto. Las decisiones serán tomadas el voto de una mayoría absoluta.
- Vigesimoséptima sección: La Comisión Administrativa debe reunirse anualmente en sesión ordinaria.